Voto accesible


Procedimiento de voto accesible para personas con discapacidad visual


Ya estamos a pocos días de las elecciones europeas y toca votar de nuevo. Para la gente con discapacidad visual hay desde hace relativamente poco un Real Decreto (RD 1612/2007, de 7 de diciembre
) regula el voto accesible y garantiza nuestro derecho de poder votar de manera igualitaria.




Lamentablemente a día de hoy ya no se puede solicitar este procedimiento para el domingo pero lo explicaremos para futuras votaciones y también para conocer otro aspecto más de mejora hacia la total inclusión.
 
Los requisitos para solicitarlo son que el elector ciego o con discapacidad visual esté inscrito en el Censo Electoral, tenga reconocido un porcentaje de discapacidad igual o superior a 33% (o sea afiliado a la ONCE) y que sepa leer en braille.
 
Como se comentó antes, para dicha solicitud hay un plazo que, en esta ocasión finalizó el 28 de abril (más o menos un mes antes del día de votación). Solicitar el voto accesible es muy fácil, sólo hay que llamar al teléfono gratuito habilitado para la solicitud del kit de votación accesible a la Administración competente, en este caso  al Ministerio del Interior pues se trata de las Elecciones al Parlamento Europeo. Al hacer la llamada se le solicitarán una serie de datos para identificar a la persona y para confirmar que cumple con las condiciones necesarias para este tipo de procedimiento. Para más información se pueden consultar más detalles aquí
 
El kit de votación se entrega a los solicitantes el mismo día de la votación en su Mesa electoral para que puedan hacer el voto de manera presencial. Como es lógico, este proceso es incompatible con el voto por correo.
 
El kit incluye:
  • Material de votación estándar: papeletas y sobres de votación normalizados, es decir, idénticos a los que usan el resto de electores, y
  • Documentación complementaria en braille que permite al votante elegir su voto con total autonomía y garantía del secreto de sufragio y que estará identificada con una etiqueta en braille “Elecciones al Parlamento Europeo”. Se incluyen los siguientes documentos: una guía explicativa en tinta y braille sobre el uso de la documentación, un sobre grande que incluye un sobre pequeño (tamaño cuartilla) por cada candidatura que concurra a las Elecciones. Cada uno de estos sobres pequeños tendrá pegada una etiqueta en la que constará, en tinta y braille, la denominación de la candidatura cuya papeleta electoral (estándar, no en braille) está dentro del sobre.


El sobre grande irá identificado con una etiqueta que tendrá el siguiente texto rotulado en braille e impreso en tinta “Elecciones al Parlamento Europeo 2014”.
 
Cada uno de los sobres de tamaño cuartilla antes citados contendrá la papeleta correspondiente a una candidatura proclamada. Con el fin de que el elector pueda conocer el contenido de cada sobre, se adherirá en cada uno de ellos una etiqueta especificará en tinta y en braille el nombre y las siglas de la candidatura cuya papeleta esté dentro del sobre.
 
El procedimiento el día de la votación será el siguiente: el elector debe presentarse ante el Presidente, o ante los vocales, de la Mesa electoral que tenga asignada y comunicarle que ha solicitado el kit de votación accesible. También deberá identificarse mediante la presentación del DNI o pasaporte.
 
Los miembros de la mesa, que dispondrán de un listado con los solicitantes de dicho procedimiento, le entregarán al elector el kit y le facilitarán el acceso a un espacio donde poder manejar la documentación con privacidad si es que así lo necesita. Otra opción es llevarse el kit fuera del colegio electoral y volver más tarde para emitir el voto.
 
El elector deberá abrir el sobre grande y seleccionará el sobre pequeño que indique en braille que contiene la papeleta correspondiente a la candidatura deseada. Extraerá esa papeleta y la introducirá en el sobre de votación correspondiente.
 
Posteriormente se dirigirá a la Mesa electoral donde votará como cualquier votante, es decir, deberá mostrar al Presidente su DNI o pasaporte e introducirá la papeleta en la urna.
 
Una recomendación que nos hacen desde el propio Ministerio es que el votante se lleve consigo todo el material restante para asegurar el secreto del voto emitido.
 
La Comisión Braille Española supervisa todos los textos en braille y también emite los correspondientes certificados mientras que será la Administración Electoral (Juntas electorales y mesas electorales) la que vele por el correcto funcionamiento del procedimiento del voto accesible.
 

 

En la web del Ministerio del Interior habilitada a tal efecto se puede ver una presentación dinámica sobre todo el procedimiento de voto accesible.
 

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