Una nueva ley promueve cambios en el etiquetado de productos y en la prestación de servicios para asegurar la accesibilidad a consumidores y usuarios.
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Nueva Ley de protección de los consumidores
Comenzamos el año augurando que este 2022 iba a ser un año importante para el packaging inclusivo. Y no nos equivocamos.
El jueves 24 de febrero, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley 4/2022 de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. Publicada en el BOE al día siguiente.
Esta ley obliga al Gobierno a promover cambios legislativos para garantizar el derecho de las personas vulnerables a la hora de acceder a productos y servicios.
El texto, tramitado con carácter de urgencia, incorpora un total de 53 enmiendas. Entre ellas, incluye, como medida importante, el etiquetado en braille de los productos de consumo. y también garantizar la presencialidad de los servicios de la banca para las personas mayores o con necesidades específicas.
Esta ley, tiene su origen en el CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) que reclamó al Gobierno, el 28 de diciembre de 2021, la regulación del etiquetado en braille como medio de protección de los derechos de los consumidores que emplean este sistema.
Etiquetado en braille
Hasta ahora la obligación de utilizar el braille en el etiquetado de productos sólo existía en medicamentos tanto humanos como veterinarios.
De acuerdo con la nueva Ley, se van a llevar a cabo diferentes acciones para asegurar el etiquetado al menos en aquellos productos de consumo básicos.
Esto dará mucha más autonomía a las personas ciegas o con discapacidad visual grave a la hora de hacer la compra. Facilitará su día a día en gran medida y mejorará la calidad de vida. No tendrán que depender de otra persona para la compra o el consumo de productos.
Sin embargo, han salido noticias en la prensa que pueden llevar a confusión. Sobre todo a aquellos que desconocen el braille. Este sistema de lecto-escritura ocupa bastante más espacio que un texto normal y por lo tanto, es falso que una persona ciega pueda conocer todas las características del producto. Básicamente porque no habría espacio suficiente. Aunque también es verdad que conociendo el nombre podremos utilizar otras herramientas para saber más sobre él.
Si quieres saber más sobre el etiquetado braille no te pierdas el siguiente artículo:
Ampliación de letra en contratos
En cuanto a las personas con baja visión, no usuarias de braille, también tenemos buenas noticias. Será obligatorio ampliar el tamaño de la letra en los contratos para que su lectura resulte más accesible.
A ver si nos vamos olvidando de esos textos de letras minúsculas imposibles de leer o rellenar.
Atención en bancos
El servicio de atención personalizado en los bancos es otra de las cuestiones importantes de esta ley. Es necesario garantizar que las personas mayores, sin conocimientos en tecnologías digitales y/o «vulnerables» reciban un servicio adecuado.
De ciertas declaraciones del Banco de España y el Gobierno se desprende que las entidades harán lo posible por incrementar su personal para poder ayudar a realizar distintas operaciones.
¿Y la baja visión?
Incluir el braille en el etiquetado es un gran paso para muchas personas. También es el más visible. Sin embargo, dentro de la discapacidad visual existen muchas otras personas que tenemos resto visual y que no usamos braille.
Igual era necesario incluir otras medidas adecuadas también para lo que necesitamos ampliación. Así como se estipular la ampliación de letra en los contratos también se debería de incluir en productos de consumo.
También se podrían incluir otras opciones, como uso de alternativas (códigos tipo Navilens) que permitan leer la información de los envases. Es decir, sistemas alternativos de acceso a la información.
Hasta que se ponga en marcha
Más allá de las polémicas surgidas con esta Ley, por ideologías, por mezclar intereses o temas, o por la falta de otros, debemos estar de enhorabuena. Siempre y cuando se lleve a cabo. Porque lo que implica el texto aprobado es que deben de realizarse normativas o leyes para garantizar los derechos en un plazo y luego eso debe plasmarse en hechos. O sea, por ahora palabras. En unos meses veremos si podemos festejarlo.
Consumidor vulnerable ¿Etiqueta beneficiosa o señalizadora?
Con este nuevo texto aparece una nueva figura o etiqueta: «persona consumidora vulnerable«. Podría decirse que es aquella persona que está en «situación de desventaja, desprotección, indefensión o subordinación frente a empresas, aunque sea de forma temporal, territorial o sectorial, debido a sus características, necesidades o circunstancias personales«.
Ya sabéis que en VSL no nos gustan nada las etiquetas. Vale que pueden servir para ayudarnos en una situación determinada (como podría ser este caso). Pero a nivel general pueden estigmatizar más que beneficiar.
Además de personas con discapacidad X, ahora también seremos «consumidores vulnerables». Se supone que dentro de este nuevo grupo entrarían: menores, personas con distintos tipos de discapacidad, de avanzada edad o escaso nivel de digitalización y otros.
Se agradece que nos tengan en cuenta como un colectivo específico pero creo que cualquier persona puede estar expuesta a abusos o estafas. Y más hoy en día con tanta información engañosa. No debería haber distinción.
Cualquier persona, en cualquier momento de su vida, puede ser vulnerable. Por muy diversas razones y situaciones. No hay duda que todos somos consumidores y el mercado y las empresas deben ofrecer productos inclusivos.
Necesitamos que se reconozca el derecho de acceso a la información como se reconoce para todos los consumidores.
Y ¿Tú qué opinas?